LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CAPITULO VII- ART.63
-28 de noviembre de 2025
Siguiendo con el tema de Ley General de Educación estaremos hablando un poco sobre el artículo 63 de esta Ley, para así conocer más a fondo estas leyes.
El documentó nos menciona:
Ley General de Educación vigente:
Capítulo VII. De la Educación Inclusiva
Artículo 63 . El Estado proporcionará a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender y desarrollar habilidades para la vida que favorezcan su inclusión laboral , a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y en la sociedad.
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¡GRACIAS!!
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